Lunes, 26 de octubre de 2020
La Consejería de Salud y Familias, en coordinación con la de Educación y Deporte, ha enviado esta tarde una nota aclaratoria en relación con las dudas planteadas sobre el apartado segundo de la resolución de 23 de octubre de 2020, referente a las prácticas deportivas para federados/as cuyo domicilio habitual se encuentre en zonas afectadas por dicha resolución.
En la modificación realizada, la Junta aclara que considera como causa justificada para efectuar desplazamientos en las zonas afectadas por la resolución aquellos que se realicen con motivo de la participación en competición oficial federadas o en entrenamientos por parte de los deportistas, entrenadores o técnicos y jueves/árbitros con licencia en vigor.
Así, los federados/as que realicen desplazamientos por dicho motivo deberán acreditar fehacientemente ante la autoridad competente mediante la exhibición de su licencia deportiva en vigor, que deberán portar en todo momento en estos desplazamientos.
COMUNICADO CONSEJERIA DE SALUD Y FAMILIAS DE 26 DE OCTUBRE DE 2020